El 15 de marzo de 2025, la Comisión Nacional de Aduanas de Pakistán emitió el último aviso del Caso No. ADC55/2019, que impuso una mercancía no-revestida, primaria y secundaria, no-revestida, no-revestida originaria o importada de Canadá y Rusia con un espesor entre 0,15 mm y 3,00 mm. Para Bobinas/Chapas/Flejas Laminadas en Frío de hierro o acero sin-aleado-, la primera revisión por extinción del dumping anti-fue afirmativa y definitiva, y se decidió continuar con la imposición del derecho antidumping-del 13,94% a los productos involucrados en el caso procedentes de Canadá y Rusia, con efecto a partir del 20 de septiembre de 2024 y con una vigencia de cinco años. El caso involucra a los códigos tributarios de Pakistán 7209.1510, 7209.1590, 7209.1610, 7209.1690, 7209.1790, 7209.1790, 7209.1810, 7209.1891, 7209.1899, 7209.2510, 7209.2590, Productos comprendidos en 7209.2610, 7209.2690, 7209.2710, 7209.2790, 7209.2810 y 7209.2890, pero excluyendo algunos tipos de rollos de acero-laminados en frío para cerramientos de vehículos de cuatro-ruedas.
El 9 de mayo de 2019, Pakistán inició investigaciones anti-dumping contra bobinas de acero-laminadas en frío originarias o importadas de Canadá y Rusia. El 20 de septiembre de 2019, Pakistán emitió una decisión preliminar sobre el caso. El 17 de marzo de 2020, Pakistán emitió un fallo final positivo sobre el caso y decidió imponer un derecho antidumping del 13,94% sobre los productos involucrados al precio de costo y flete (C&F) a partir del 20 de septiembre de 2019, válido por cinco años. El 18 de marzo de 2024, Pakistán inició la primera investigación de revisión por extinción de antidumping sobre productos involucrados en Canadá y Rusia.




